miércoles, 25 de noviembre de 2009

DOCUMENTOS BANCARIOS

CHEQUE

Concepto:Un cheque es un título valor en el que la persona que es autorizada para extraer dinero de una cuenta (por ejemplo, el titular), extiende a otra persona una autorización para retirar una determinada cantidad de dinero de su cuenta, prescindiendo de la presencia del titular de la cuenta bancaria.
Jurídicamente el cheque es un titulo valor a la orden o al portador y abstracto en virtud del cual una persona, llamada librador, ordena incondicionalmente a una institución de crédito, que es librado, el pago a la vista de una suma de dinero determinada a favor de una tercera persona llamada beneficiario.
Cheque Documento literal que contiene
-Orden incondicional de pago
-Dada por una
persona (Librador)
-A una Institución de
crédito (Librado)
-De pagar a la vista
-A un tercero o al portador (Beneficiario), Una cantida
d de dinero.
REQUISITOS PARA EL LIBRAMIENTO
-Solo se libra contra una institución de crédito
-Solo puede librar la
persona que tenga celebrado un contrato de depósito de dinero a la vista en cuenta corriente de cheques, con el banco librado
-Solo se puede librar cuando el librador tenga fondos suficientes en su cuenta.
REQUISITOS DEL CHEQUE
-Mención de ser cheque insertada en el documento
-Lugar y Fecha de Expedición
-Orden incondicional de pagar una suma determinada de dinero
-Nombre del librado
-Lugar del pago y

-Firma del librador.

TIPOS DE CHEQUE
CRUZADO :
Cheque nominativo cruzado en su adverso por dos líneas paralelas las cuales indican que ese cheque sólo puede ser cobrado por otra institución de crédito.
Cruzamiento General . entre líneas no se anota la denominación de ningúna institución de crédito y puede depositarse en cualquier banco.
Cruzamiento Especial. Entre líneas va el nombre de una institución de crédito y solo puede cobrarse por ésta.
PARA ABONO EN CUENTA.
Cheque nominativo en el que se anota dicha cláusula , que prohibe al banco el cheque en efectivo y solo puede recibirlo para abono en cuenta.
El cheque no es negociable a partir de la inserción de la cláusula

CERTIFICADO
El librador de un cheque nominativo le solicita al banco librado, al momento de expedir el cheque que lo certifique, declarando que existen fondos suficientes para cubrir el importe.
Es una anotación del banco en el cheque, firma o por los autorizados para ello
No es negociable, solo puede endosarse a una institución de crédito para su cobró.

DE CAJA
Instrumento de pago de mayor para beneficiario respecto a la existencia de fondos
.-solo la puede expedir una institución de crédito a su propio cargo
-Nominativo y no negociable

DE VIAJERO
Igual que un cheque nominativo. Emitido por la oficina matriz de un banco a sus propio cargo y luego es vendido por sucursales. Agencias del banco
DE VENTANILLA
Cheque de emergencia puesto al servicio de los cliente del banco
Cuando necesita retirar fondos una cuenta habiente de su cuenta y no tiene chequera la sucursal libra un cheque de ventanilla para prestarselo.
POSTFECHADOS
Se inserta una fecha posterior a la que se libra, pretendiendo acentuar al tomador que no habrá fondos si no hasta ese día que aparece en el texto.
EJEMPLO DE CHEQUE


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