miércoles, 4 de noviembre de 2009
EL RECIBO
DEFINICIÓN:El recibo es un documento, mediante el cual una persona acredita haber recibido de otra una determinada suma de dinero en efectivo o en especie y sirve de comprobante de pago.
EL PAGARE
DEFINICIÓN: Es un título- valor de circulación y aparece como forma impropia del contrato de cambio que contenía intereses.
Es un documento de crédito al igual que la letra de cambio, con la promesa pura y simple de pagar una suma de dinero, en un determinado tiempo.
A diferencia de la letra de cambio, que es un documento de orden abstracto, el pagaré es un título- valor de origen causal, es decir que en documento se podrá pactar los intereses, puede incluirse la causa que da origen al pagaré, como también podrá incluirse la garantía con la cual se afianza la obligación.
Es por esta razón seguramente, que el pagaré es más utilizado que la letra de cambio, en los bancos e instituciones financieras, por cuanto el propio pagaré podrán pactar los intereses y garantizar la obligación mediante el aval, en otras palabras diremos que es un título- valor más completo que la letra de cambio.
El cheque es un documento de pago inmediato, a diferencia de la letra de cambio y el pagaré, que son documentos de crédito.
Orden de pago pura y simple librada al banco, en el cual el librador tiene fondos depositados en cuenta corriente; o autorización para girar en cuenta corriente con sobregiro.
DIFERENCIA ENTRE PAGARÉ Y LETRA DE CAMBIO
La diferencia sustancial y más sobresaliente en el pagaré, respecto a la letra de cambio, es que mientras esta última es de orden abstracto (es decir que no se indica la causa que la origina ni se pueden pactar los intereses) en el pagaré si se puede indicar la causa que lo origina pactar los intereses y afianzar la obligación.
Por ello, como ya dijéramos anteriormente, la preferencia que tienen por el pagaré las instituciones de crédito, como son los bancos, las mutuales, financieras, etc.
LETRA DE CAMBIO
LETRA DE CAMBIO
·Concepto.- Es un documento de crédito que sirve para respaldar las operaciones comerciales realizadas a plazos, la letra de cambio es una orden de pago escrita, por la cual una persona llamada deudor o cargo debe pagar a su vencimiento al tenedor del documento.
·Personas que intervienen en la letra de cambio.- Intervienen tres personas:
1.- Girador (o librador), es la persona que extiende el documento y debe firmar en calidad de librador.
2.- Orden (o tenedor), Es la persona a cuya orden se pega la letra.
3.- Cargo (o librador), es la persona a cuyo cargo se gira el documento, comprometiéndose a pagar mediante la aceptación.
·Datos que debe contener :
1. Lugar, día, mes, y año en que se giró la letra.
2. Fecha de vencimiento o de pago.
3. Numeración correlativa del documento.
4. Importe de la letra en cifras
5. Tipos de vencimiento (a la vista, a días vista, a días plazo).
6. Nombre o razón social de la orden, persona a cuyo favor se gira la letra.
7. El importe escrito en letras
8. El concepto de la obligación es decir si se trata de valor recibido, valor en cobranza, o valor en cuenta corriente.
9. Nombre o razón social del cargo o deudor.
10. Dirección completa del cargo.
11. Nombre y apellido del girador, razón social y sello si se trata de persona jurídica.
12. Firma del aceptante debajo de la palabra aceptada, lugar y fecha.
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